Navegas por Internet y encuentras una artículo sensacional o una imagen estimulante. La cortas y la pegas en tu blog. Una actividad que casi todo ‘blogger’ realiza a diario. ¿Es legal? Claro que no.
Nos aprovechamos del desconcierto legal que existe en la red. Es matemáticamente imposible seguir toda la actividad de la red, se necesitarían miles de millones de agentes de la SGAE para anotar todas las infracciones. Camina por donde puedas, esto es Mumbai.
Una iniciativa para parar semejante pirateo la propuso la organización no gubernamental sin ánimo de lucro ‘Creative Commons’, fundada por Lawrence Lessig (Universidad de Stanford) en 2002. Justo ahora se cumplen 6 años de su aparición y se celebran fiestas en 14 ciudades de todo el mundo. Su propuesta sería que los autores elijan qué modelo de cesión de derechos quieren dar a su obra.
Existe un modelo de ‘reconocimiento, en el que se puede usar los contenidos pero citando la fuente, otro modelo ‘no comercial’, en el que el uso comercial no tendría bonificación económica, un modelo ‘sin obra derivada’, que obliga a no alterar la obra, y un modelo ‘compartir igual’, en el que el material modificado conservaría la licencia del trabajo original.
En España existe la versión 3.0 de las licencias ‘Creative Commons’ adaptada a nuestra legislación. Todas las licencias son gratuitas.
Joost Smiers en su libro ‘Un mundo sin copyright’ y en otro ,junto a Marieke van Schijndel, titulado ‘Imagine… no copyright’ defiende que hay que revisar los modelos de ‘copyright’ y llega a pedir su supresión alegando que los grandes beneficiarios son las grandes estrellas, pero que los autores pequeños casi no tienen beneficio. Smiers está en contra del copyright y de las licencias ‘Creative Commons’.
Creative Commons España:
http://es.creativecommons.org/proyecto/faq.php
Creative Commons Logos:
http://creativecommons.org/about/downloads/